Política y Economía

De anticonceptivos, religión y jueces

Blister de píldoras anticonceptivas. Foto: Bryan Calabro (CC)
Blíster de píldoras anticonceptivas. Foto: Bryan Calabro (CC)

Todo empezó con el peyote. En 1983 Alfred Smith y Galen Black, dos trabajadores sociales de Oregón en programas de ayuda a la drogadicción, fueron despedidos de su trabajo. Ambos eran native-americans y miembros de la Iglesia de Americanos Nativos, un grupo religioso que incluye entre sus rituales sagrados tomar la droga alucinógena mezcalina. Sus jefes consideraron que tomar peyote de forma ocasional, aunque fuera por motivos espirituales, no era compatible con ayudar a otros adictos a superar sus traumas.

Los dos empleados, cabizbajos, fueron a pedir el subsidio de desempleo. El estado de Oregón, alegando que habían sido despedidos por conducta impropia en el trabajo, denegó la prestación, aunque gracias a una excepción legal (el consumo de peyote  para nativos americanos está permitido para rituales religiosos) no recibieron cargos criminales. A Smith y Black, sin embargo, les pareció injusto que el estado les denegara una prestación social debido a sus creencias espirituales, y llevaron el caso a los tribunales. Siete años después, en 1990, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos daba la razón a Oregón, afirmando que las creencias religiosas de un individuo no eran motivo suficiente para que el Gobierno dejara de aplicar leyes y prohibiciones sobre conductas socialmente dañinas.

Las mentes biempensantes americanas, siempre sensibles ante casos que afectan las creencias religiosas de sus ciudadanos, acogieron esta sentencia con bastante dudas. Para evitar que la autoridad arbitraria del Estado pudiera hacer que gente de buena voluntad fuera forzada a actuar contra sus principios y valores, el Congreso aprobó en 1993 la Religious Freedom Restoration Act (RFRA, ley de restauración de la libertad religiosa), creando salvaguardas legales para mantener abierta la objeción de conciencia religiosa. La ley declara que el Gobierno solo puede aprobar legislación que represente una carga para el ejercicio religioso de un individuo si esta ley sirve a un interés concreto y válido de la acción de gobierno.

Es la típica ley amable que los políticos americanos solían aprobar de forma rutinaria: suena bien, hace felices a cuatro grupos muy preocupados sobre el tema y sirve para que unos cuantos ciudadanos más o menos excéntricos puedan seguir haciendo lo que hacían hasta ahora sin que nadie les moleste. La RFRA permaneció olvidada en el cajón durante un par de décadas, una de esas curiosidades legales surgidas de un caso un poco especial del Tribunal Supremo. Todo cambió en 2009, cuando Obama firma la Affordable Care Act (ACA, la reforma de la sanidad) y Estados Unidos tiene, al fin, algo parecido a sanidad universal.

La ACA incluye entre sus provisiones una serie de regulaciones sobre seguros médicos privados. Antes de la reforma era habitual escuchar casos de familias que tras enfermar o sufrir un accidente descubrían con horror que su seguro médico en realidad apenas cubría nada, incluía copagos desorbitados o dejaba de pagar las facturas pasado cierto límite. Para evitar estas sorpresas, la ley detalla una serie de prestaciones mínimas y garantías de servicio para estos seguros, creando unos estándares que todas las compañías deben respetar.

Dentro de la lista de mandatos y servicios a ser cubiertos, la ACA incluye una novedad importante: anticonceptivos. Por primera vez todos los seguros privados deben ofrecer una lista de métodos de control de la natalidad a todas las mujeres de Estados Unidos, incluyendo la píldora del día después.

Por si alguien no se había dado cuenta, a la derecha americana no le gusta demasiado la reforma de la sanidad. De hecho, más bien la odian con una intensidad casi surrealista, como si esto de ayudar a que la gente con poco dinero pueda ir al médico sea una afrenta a la civilización occidental. Ya durante el debate de la ley un sector importante del ala religiosa de los republicanos (y no pocos demócratas, por cierto) tuvieron enormes reparos sobre cómo la ley trataba los anticonceptivos, hasta el punto de incluir un mecanismo para que las instituciones religiosas no se vieran forzadas a pagar por ellos en los seguros de sus empleados. Bajo la ACA, los hospitales católicos, por ejemplo, no cubren estos servicios para sus trabajadores; la aseguradora corre con los gastos, recibiendo fondos federales como compensación.

Esta excepción, sin embargo, no era suficiente para Hobby Lobby, una cadena de tiendas de manualidades propiedad de la familia Green. Los Green son cristianos, y su empresa tiene dentro de su declaración de principios «honrar al Señor en todo lo que hacemos operando de forma consistente con principios bíblicos». Dentro de esos principios se incluye honrar el derecho a la vida, y dentro de ese derecho se incluye un rechazo a una variedad de métodos anticonceptivos que los Green consideran moralmente reprobables, incluyendo la píldora del día después.  Junto con los Green, Conestoga Woods, una empresa que fabrica muebles de cocina (propiedad de los Hans, una familia menonita), también vio en la ACA una ley que iba a forzarles a pagar por algo que ellos veían como aborto bajo otro nombre.

Una tienda Hobby Lobby en Ohio. Foto: Dang Apricot (CC)
Una tienda Hobby Lobby en Ohio. Foto: Dang Apricot (CC)

Siguiendo la gran tradición americana de arreglarlo todo con abogados, ambas empresas llevaron al Gobierno federal a juicio en el año 2012. Como es costumbre en estos casos, los tribunales federales no se pusieron de acuerdo, con varias sentencias contradictorias, y tras varias apelaciones llegaron al Tribunal Supremo.

El tema central del caso es relativamente sencillo: ¿puede el Gobierno federal forzar a una empresa privada a pagar por un seguro médico que cubre servicios médicos que sus propietarios consideran moralmente reprobables? Para responder esta pregunta, el Supremo debía resolver, por un lado, si los anticonceptivos como tal sirven a un interés público válido y concreto dentro de la acción de gobierno, y por otro, si una empresa con ánimo de lucro, como ente de carácter jurídico, tiene derecho a libertades religiosas.

La sentencia del Supremo del 30 de junio ofrece dos respuestas. Primero, el Gobierno no está utilizando el mecanismo menos restrictivo posible para llevar a cabo su objetivo declarado de mejorar la salud de sus ciudadanos, y por tanto la ACA contradice la ley de libertad religiosa. La obligatoriedad de ofrecer anticonceptivos, por tanto, no es válida. Segundo, una empresa con ánimo de lucro puede tener derechos bajo la ley de libertad religiosa, dado que el objetivo de esta va más allá de ganar dinero, y pueden tener objetivos altruistas. La sentencia restringe la excepción a empresas con pocos propietarios (closely held corporations), pero dice que pueden tener creencias «propias». Finalmente, señalan que el Gobierno federal no ha justificado que los anticonceptivos sean necesarios para proteger la salud o bienestar de los ciudadanos, y por lo tanto no son un instrumento válido para llevar a cabo esos objetivos.

La sentencia está escrita de modo que suena poco ambiciosa y no demasiado restrictiva. La opinión mayoritaria, por ejemplo, sugiere que el Gobierno federal podría extender las protecciones dentro de la ACA para instituciones religiosas (como universidades católicas) a empresas con objeciones religiosas. También indica que la exención religiosa se restringe únicamente a anticonceptivos (el aborto, por supuesto, no estaba en la ACA ya de entrada), y no cubre por ejemplo transfusiones de sangre u otros procedimientos.

No hace falta decirlo, pero la sentencia ha sido ligeramente polémica. El Supremo básicamente ha declarado que una entidad jurídica abstracta tiene derecho a la objeción de consciencia, algo que es como poco ligeramente confuso. De forma más preocupante, la libertad religiosa de los propietarios de una empresa es, a ojos del tribunal, más relevante que el derecho de las mujeres a las que emplea a tener acceso a servicios garantizados por el Gobierno federal. Si alguien que trabaja en Hobby Lobby es atea y cree que la píldora del día después es perfectamente aceptable, sus bonitos principios morales no cuentan para nada. De forma aún más confusa, el Supremo ha justificado parte de la sentencia restringiéndolo a corporaciones con pocos propietarios, bajo la idea que solo en estos casos una empresa puede tener claramente los mismos principios morales que los de sus jefes. El mismo tribunal parece estar interpretando esta prohibición de forma bastante extensiva como esta primera lectura de la sentencia puede sugerir, permitiendo incluso que organizaciones religiosas no tengan que permitir a sus empleados recibir esta prestación de su aseguradora.

Dentro del Supremo las opiniones contrarias a la sentencia han sido también contundentes. Ruth Bader Ginsberg, una de los cuatro jueces que votaron en contra (por cinco a favor), señalaba que bajo los principios expuestos en la decisión cualquier empresa podía evitar cumplir con cualquier ley (excepto impuestos) si sus propietarios pueden alegar tener alguna objeción de carácter religioso. Si, por ejemplo, un evangélico o musulmán radical decidiera no cubrir vacunaciones, pagar salario mínimo o discriminar a mujeres, judíos y homosexuales en sueldo por motivos religiosos, el argumento de Hobby Lobby daría esa decisión como válida. Por añadido, considerar un anticonceptivo como algo ajeno a servicios de medicina preventiva es tremendamente arbitrario —no porque un embarazo sea una enfermedad, sino porque en no pocos casos un embarazo puede poner en riesgo la salud de la madre—.  Lo más curioso de todo esto, además, es que la sentencia se basa en la lectura de la RFRA, no sobre una interpretación directa de la constitución, y la RFRA, en sí misma, es una ley de una constitucionalidad más que dudosa.

De forma más relevante, esta sentencia es una victoria más del movimiento provida americano, que lleva varios años sacando adelante leyes y ganando sentencias a nivel estatal por todo el país. Aunque la derecha religiosa americana parece haber perdido definitivamente la batalla contra el matrimonio homosexual, en aborto están ganando terreno en casi todo el país, al menos fuera de las costas.

Miembros actuales del Tribunal Supremo norteamericano. Foto: Steve Petteway (DP)
Miembros actuales del Tribunal Supremo norteamericano. Foto: Steve Petteway (DP)

Hobby Lobby, sin embargo, es un paso más allá del aborto hasta los contraceptivos —un tema mucho más peligroso para los conservadores—. Una cosa es hablar sobre fetos, bebés y recién nacidos, y otra es trabajar activamente para que las mujeres no puedan tener acceso a planificación familiar. Aunque sobre el aborto las encuestas son bastante ambiguas, en contraceptivos la mayoría social a favor de ellos es mucho más clara. No solo eso, sino que además es un tema que puede movilizar a uno de los bloques más sólidamente demócratas electoralmente, las mujeres solteras.

Como (casi) todo en el Supremo, la sentencia de Hobby Lobby es, sobre todo, política. Los argumentos legales en ambos lados son hasta cierto punto secundarios: el tribunal ha reflejado  las opiniones de los presidentes que nombraron cada juez. Por accidente histórico, cinco jueces del Supremo son conservadores y cuatro liberales (en el sentido norteamericano de la palabra) por el mero hecho de que Reagan y los Bush tuvieron más tiempo (y suerte) en el básicamente aleatorio calendario de jubilaciones de jueces vitalicios. El Supremo, por supuesto, no vive en una burbuja y es capaz de responder a la opinión pública, pero de todas las instituciones americanas ninguna tiende a reflejar tanto la opinión de presidentes pasados como esta.

Lo que realmente va a determinar los efectos de esta extraña sentencia en años venideros, por tanto, es menos las decisiones judiciales en sí y más los resultados electorales. Si los demócratas pierden el control del Senado en noviembre, por ejemplo, Obama no podría nombrar un juez liberal para el Supremo si hubiera alguna jubilación. Si Clinton no gana en el 2016, la mayoría conservadora en el tribunal puede eternizarse. La cobertura de anticonceptivos podría arreglarse legislativamente sin demasiada dificultad (al fin y al cabo, es fruto del extraño sistema de seguros médicos de empresa americano), algo imposible si los republicanos controlan el Congreso. La sentencia tiene efectos reales serios, y apelaciones sucesivas pueden crear un galimatías de exenciones religiosas importantes (será divertido ver la reacción de Fox News cuando algún empresario quiera instituir la sharía en su empresa), pero como todo en política, esto se dirimirá votando.

Tristemente, la sentencia más importante del Supremo este año no era Hobby Lobby, aunque es la que ha armado más ruido. Era esta, sobre el derecho de los sindicatos del sector público a cobrar cuotas en nóminas a todos los empleados. Desgraciadamente, los sindicatos siguen perdiendo. Pero eso, me temo,  es para otro día.

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12 Comentarios

  1. Pingback: De anticonceptivos, religión y jueces

  2. Resumiendo: que mi jefe y el Estado no se metan en mi vida sexual, pero que me la paguen de su bolsillo.

    • De su bosillo? no hombre no. El seguro médico es parte del salario del trabajador. No es un regalo que le viene caído del cielo.
      Resumiendo: tu jefe te está diciendo qué medicinas puedes tomar basándose en su estúpidas creencias religiosas.

      Supongamos que tu jefe es Testigo de Jehová y necesitas una transfusión de sangre por un accidente que has tenido. Ahora está en todo su derecho de negarse a que tu seguro te la pague.

      • Entonces pídele más dinero, y no que te compre algo que no quiere comprarte. Tu jefe tiene derecho a no firmar contratos con los que no está de acuerdo. Y a que no le obliguen a hacer nada que no quiera hacer. Igual que tu.

        De hecho, en este caso son contratos que cuando se firmaron en el pasado no implicaban esa compra. Eso no era parte del salario cuando se firmó. La obligación es sobrevenida por un reglamento del gobierno.

        Y si el gobierno cree que es importante que tengas condones, o transfusiones, o abortos, o lo que sea, que te lo pague directamente. No hay por qué obligar a la gente religiosa a ser cómplice en cosas que no quiere hacer. Su objeción de conciencia es un derecho básico.

      • No, hombre, no. Si no te hacen la transfusion igual te mueres. Para lo otro, puedes darte una ducha fria. Vamos a intentar no usar analogias absurdas y asi el debate es mas rico

  3. ¿Desde cuándo cubre un seguro algo que es un gasto previsto y periódico en una persona sana? En España ni Adeslas ni la Seguridad Social me pagan los condones. Y los condones son una medicina, claramente. ¡Me están oprimiendo!

    • Cierto. Los anticonceptivos no tendrían por qué haber estado cubiertos por el ObamaCare… pero fíjate las ramificaciones tan curiosas a donde les ha llevado el tema.

    • Los anticonceptivos tienen más funciones que evitar el embarazo.

      • Fulgencio Barrado

        El gobierno USA, en su estrategia sanitaria, ha establecido unos minimis a cubrir por todos los seguros médicos de empresa, al igual que en España se establecen los servicios médicos cubiertos por nuestra SS. Es eso, estrategia sanitaria, y, por tanto, no sujeta a las creencias del empleador. Si aceptas que la estrategia sanitaria es competencia estatal, no puedes aceptar que esté al albur de las creencias de los empleadores. Si no aceptas dicha competencia estatal, nada que objetar a tu comentario.

  4. Tratar de anticonceptivo la píldora del día después es bastante discutible. Un pro-vida argumentaría que vale que lo consideremos anticonceptivo si el óvulo no ha sido fecundado, pero si sí lo ha sido sería un «aborto» (a ojos de los pro-vida). Sin duda ha sido un error introducir la píldora del día después en la ACA dando pie a esta insulsa polémica.

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