
Hay actos jurídicos que no modifican la realidad, sino que aspiran a nombrarla de otro modo. La Orden Ejecutiva 14434, firmada el 29 de septiembre de 2026 por Donald Trump, pertenece a esa categoría. Su propósito declarado es que el Gobierno federal sustituya los términos «inteligencia artificial» y «AI» por «superinteligencia» y «SI» en toda correspondencia oficial, comunicación pública, sitio web, informe y documento normativo. Y añade algo más revelador: el Ejecutivo no reconocerá el uso de «inteligencia artificial» ni de «AI» en ningún ámbito aplicable. No se trata, por tanto, de una preferencia terminológica, sino de una prohibición de nombrar.
El texto justifica la medida con un argumento histórico y patriótico. Afirma que el campo moderno de la inteligencia artificial nació en Estados Unidos, donde unos científicos le dieron su nombre y sentaron sus bases. Setenta años después, sostiene, las capacidades de los sistemas actuales ya no se limitan a imitar o automatizar aspectos discretos de la inteligencia humana, sino que amplifican el ingenio humano y desbloquean formas nuevas de creatividad. Por eso, concluye, la terminología debe reflejar esa transformación. La palabra elegida, «superinteligencia», captaría mejor la promesa y el potencial de estas tecnologías.
La operación recuerda inevitablemente a Wittgenstein. En las Investigaciones filosóficas, el filósofo austriaco sostiene que el significado de una palabra no reside en una esencia oculta que el hablante pueda decretar, sino en su uso dentro de una forma de vida compartida. Nombrar no es descubrir ni crear: es participar en una práctica colectiva. Cuando un decreto pretende fijar por sí solo lo que una palabra significa, ignora que el lenguaje no obedece a la autoridad que lo proclama, sino a la comunidad que lo habla.
El propio texto de la orden delata esa tensión. En su sección tercera, «superinteligencia» y «SI» se definen remitiéndose a la definición de «inteligencia artificial» contenida en la sección 9401(3) del título 15 del Código de los Estados Unidos. Es decir, el significante cambia, pero el significado permanece idéntico. Se renombra sin alterar el referente. La nueva etiqueta no designa una tecnología distinta, sino la misma realidad cubierta por una palabra que se declara inadmisible. Wittgenstein lo habría descrito como un juego de lenguaje que intenta sustituir sus propias reglas sin abandonar el tablero.
Hay, además, un gesto de soberbia en la pretensión de apropiarse del nombre. La orden afirma que la inteligencia artificial fue nombrada en Estados Unidos y actúa como si ese origen otorgara un derecho perpetuo sobre el término. Pero el lenguaje científico no funciona como la propiedad intelectual. Una palabra acuñada en un lugar pertenece después a todos los que la usan, y ningún decreto puede revocar esa circulación. La arrogancia consiste en confundir haber bautizado algo con ser su dueño.
El filósofo vienés también advirtió, en su Tractatus Logico-Philosophicus, que los límites del lenguaje son los límites del mundo. La orden ejecutiva opera en esa frontera. No cambia los sistemas, no altera sus capacidades ni sus riesgos, no modifica su arquitectura ni sus sesgos. Solo interviene sobre las palabras. Al prohibir que el Ejecutivo reconozca el término «inteligencia artificial», intenta redefinir el mundo administrativo mediante un acto de habla. Pero el mundo sigue ahí, con sus alucinaciones, sus errores y sus consecuencias, ajenas al vocabulario con que se las designe.
Subyace una cuestión de fondo que trasciende lo semántico. Si el nombre se puede decretar, la responsabilidad también se puede desplazar. Rebautizar como «superinteligencia» lo que sigue siendo un modelo probabilístico puede generar una expectativa de capacidad superior a la real. Y una expectativa inflada dificulta el control, la auditoría y la rendición de cuentas. La palabra grandilocuente no hace más inteligente al sistema; solo hace más difícil exigirle explicaciones.
La orden prevé, en sesenta días, una propuesta legislativa para definir «superinteligencia» y evaluar si debe modificar o sustituir la definición legal vigente de «inteligencia artificial». El reconocimiento implícito es notable: la nueva palabra aún no tiene contenido jurídico propio. Se ordena usar un término cuya definición está por venir. En términos wittgensteinianos, se ordena jugar un juego cuyas reglas todavía no se han escrito.
Cabe preguntarse si otros Estados seguirán el ejemplo. Probablemente algunos lo hagan, porque apropiarse del lenguaje es una forma barata de proyectar liderazgo. Pero la historia enseña que las palabras impuestas por decreto rara vez desplazan a las que la comunidad usa. «Inteligencia artificial» seguirá empleándose en laboratorios, tribunales, medios y conversaciones cotidianas, con independencia de lo que disponga un despacho oficial. El lenguaje tiene sus propias inercias, y no se detiene ante una firma.
En resumidas cuentas, la orden no crea una tecnología nueva ni redefine sus riesgos. Renombra lo existente y prohíbe nombrarlo de otro modo. Es un ejercicio de soberbia que confunde el poder de denominar con el poder de transformar. Wittgenstein ya había advertido que el significado de una palabra depende del uso que una comunidad hace de ella. Y ninguna orden ejecutiva, por solemne que sea, puede obligar a una palabra a significar lo que su autor desea.






