
No más confinamiento
Si como está previsto el estado de alarma decae definitivamente el 9 de mayo, una vez anunciado por Pedro Sánchez que no lo renovaría, varias medidas en vigor desaparecerán. No habrá toque de queda ni cierres perimetrales de comunidades autónomas ni de provincias, y las reuniones de más de seis personas no convivientes volverán a ser posibles. Cabe suponer por tanto que toda fiesta y viaje por el interior serán posible también. Con la única excepción, si se producen, de los cierres de zonas de salud, barrios o ciudades por razones de salud pública, que podrán decretar ayuntamientos y gobiernos locales, previa autorización judicial y sin afectar los derechos fundamentales. El precedente de Cataluña, que acaba de cerrarse de nuevo, podría ser un ejemplo del futuro que nos espera antes del verano. Aunque es previsible que con una vacunación cada vez mayor el problema de contagios y ucis llenas vaya desapareciendo.
Pero la recuperación plena de las libertades civiles de reunión y circulación no es lo único que afecta el estado de alarma. Las administraciones tampoco podrán hacer más contratos de emergencia. Este procedimiento excepcional no precisa respetar los principios de concurrencia, publicidad e igualdad, pueden adjudicarse «a dedo» y el control financiero no es previo, sino posterior. El caso más significativo por repercusión y volumen ha sido el hospital de pandemias Isabel Zendal de Madrid, con 153 millones de euros tramitados de urgencia al final del ejercicio anterior, 2020. Pero desde luego no ha sido el único. Civio ha realizado una investigación que apunta retrasos en la publicación en todas las administraciones, con cuatro empresas como mayores beneficiadas de esta contratación, e incumplimientos para adjudicarlos rápido. A partir de mayo este tipo de actuaciones tendrán que tomarse el tiempo y la supervisión habituales.
Mascarillas de forma indefinida
Vacunados o no, la «ley de nueva normalidad» establece que usaremos la mascarilla masivamente hasta que haya evidencia científica de que la pandemia ha finalizado. La ley publicada el 30 de marzo en el BOE establece su uso obligatorio en todos los espacios, cerrados y abiertos sin excepción, incluso si existe una distancia interpersonal de 1,5 metros, salvo para aquellas personas con dificultades respiratorias o quienes estén practicando deporte al aire libre. Bajo multa de hasta 100 euros en caso de incumplimiento. Pero debido al largo período de tramitación de las leyes la redacción de esta norma, elaborada hace un año, se había quedado algo obsoleta, como reconoció la ministra María Jesús Montero. En reunión del Consejo Interterritorial el miércoles se acordó modificar la norma para que no sea necesario usar la mascarilla en playas, piscinas, deportes acuáticos y paseos maritímos si se mantiene la distancia.
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